¿Como podemos ayudarle?
Crear un inventario y una recopilación de sus posesiones y activos puede ahorrarle tiempo y dinero y brindarle acceso rápido a productos financieros.
Crear un contexto histórico personal y patrimonial, incluyendo los pasos que condujeron a la formación de su patrimonio hasta el momento en el caso de individuos y grupos familiares.
Todo ello justificado y compilado documentalmente a la rápida disposición del cliente para su uso de acuerdo a sus necesidades financieras.
Ayudamos a particulares, familias y empresas a tener un conocimiento exhaustivo y acreditado de todos sus activos para tener un listado global de activos estructurado y justificado.
Asesoramos para superar las evaluaciones de idoneidad previstas en la Ley 6/2023 y demás normativa complementari y la rápida justificación de acceso a la catalogación como Inversor Profesional.
MONEDERO GIL & CRESPO no guarda, custodia ni almacena ningún dato obtenido en la averiguación y justificación de los patrimonios analizados.
Todos los datos obtenidos SON PROPIEDAD DEL CLIENTE y no serán ni transmitidos, guardados ni cedidos por Monedero Gil y Crespo.
Facilitamos a nuestros clientes el asesoramiento necesario para poder analizar las principales posibilidades de acceso a los Fondos Europeos. Nuestras capacidades se basan tanto en el alto grado de especialización del equipo en Derecho Público como en la tramitación de ayudas y subvenciones. A ello se une además, nuestra amplia experiencia en la ejecución de operaciones de financiación a empresas y proyectos.
Podrán solicitar esta autorización de residencia los extranjeros que pretendan entrar en territorio español con el fin de realizar una inversión de capital significativa, entendiéndose por tal:
Una inversión inicial por valor igual o superior a 2 millones de euros en títulos de deuda pública española, 1 millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital español con actividad empresarial real, 1 millón de euros en fondos de inversión, inversión cerrada fondos o fondos de capital riesgo establecidos en España o 1 millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas. O
La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante, que en su caso deban formalizarse. O
Un proyecto empresarial que se vaya a desarrollar en España y que sea considerado y acreditado como de interés general por generación de empleo, inversión con impacto socioeconómico relevante o innovación científico-tecnológica.
Un representante, designado por el inversor y debidamente acreditado, podrá obtener la autorización de residencia para inversores.
La duración inicial de la autorización será de dos años y se solicita su renovación por períodos sucesivos de cinco años, siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho.
Si el solicitante de la autorización de residencia es titular de un visado de residencia válido para inversores o se encuentra dentro del plazo de noventa días naturales siguientes a la caducidad del visado, deberá acreditar, además del cumplimiento de los requisitos generales, los siguientes requisitos:
En el caso de acciones o participaciones sociales no cotizadas, deberá presentarse certificado notarial que acredite que el inversor ha mantenido la propiedad de las acciones o participaciones sociales no cotizadas durante el período de referencia anterior que le daba derecho a obtener la visa de inversor.
En el caso de inversión en acciones cotizadas, deberá presentarse un certificado de una entidad financiera que acredite que el interesado ha mantenido, al menos, un valor medio de un millón de euros invertidos en acciones desde la fecha de obtención del visado. residencia para inversores.
En el caso de inversión en títulos de deuda pública, deberá presentarse un certificado de una entidad financiera o del Banco de España que acredite el mantenimiento, o ampliación, desde la fecha de obtención del visado de residencia para inversores, del número de títulos de deuda pública. que el inversionista adquirió al momento de realizar la inversión inicial.
Asesoramos a nuestros clientes en materia de contratación del sector público, con especialización particular en materia de proceso de contratación y Recursos Contractuales ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, así como ante los diferentes Tribunales Administrativos Contractuales autonómicos y locales.
Asesoramos a nuestros clientes en cuestiones tributarias en relación a los asuntos y materias que se les estén llevando por el Despacho, así como en general se les llevarán los recursos administrativos, económico-administrativos y contencioso- administrativos que se planteen.
Reclamaciones de daños e indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil, así como otras contingencias en el ámbito de la contratación de seguros.